CAPITULO III
DISPOSITIVA
Con fundamento a las anteriores consideraciones, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la ley declara de conformidad con lo previsto en el artículo 773 del
Código de Procedimiento CON LUGAR la solicitud de rectificación DE ACTA DE NACIMIENTO Nº 4, del año 1961, inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia Santa Cruz, Estado Portuguesa, y llevados por ante la Oficina de Registro Principal del Estado Portuguesa, formulada por el ciudadano ARMANDO JOSE MENDOZA SIRA, ampliamente identificada UT supra, y en consecuencia, se ordena la rectificación de dicha Acta de Nacimiento.
Se ordena oficiar al Registrador Principal del Estado Portuguesa y al Registrador Civil de la Parroquia Santa Cruz, Municipio Turèn, Estado Portuguesa, a los fines de que se corrija por la vía.....