En consecuencia este Juzgado Ejecutor de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: "Embargado Preventivamente todos los bienes antes señalados y avaluados y en este mismo acto los pone a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa representada por la ciudadana Restituta del carmen Mena, ya identificada, quien expone; "Recibió conforme los bienes antes señalados y embargados, es todo. Seguidamente solicita el derecho de palabra la ciudadana Nahir Moreno, ya identificada, quien expone:" Manifiesto al Tribunal que en conocimiento como estoy de la cantidad en dinero que le debo a la demandante Abg. Nancy Marbella Sierralta y por la cual en este momento se me embarga solicito al Tribunal se me dejen los bienes aquí embargados en guarda y custodia mientras realizó un acuerdo .....