Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: con lugar el recurso ordinario de apelación, de fecha 06-11-2017 y ratificado el 09-11-2017, interpuesto por la profesional del derecho ciudadana Dulce María Ardúo González, en su condición de apoderada judicial de los solicitantes – recurrentes ciudadanos Elia Ángela Rodríguez de Lozada y Alejandro Vella Morinelli, antes identificados, contra el auto decisorio de fecha 25-10-2017, dictado por el Juzgado A quo.
Segundo: se revoca el auto decisorio de fecha 25-10-2017, dictado en Primera Instancia, en el cual se declaró inadmisible la solicitud de medida de protección agraria y bienes de uso agrícola, de conformidad con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la Repúb.....