III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se decreta Medida de Secuestro sobre el inmueble objeto de la presente acción, constituido por una parcela de terreno unifamiliar, distinguida con el 11-7, y la vivienda unifamiliar construida sobre la misma, ubicado en la Urbanización Bosques de Camoruco, Etapa 1B, Avenida Circunvalación Sur de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se designa como DEPOSITARIO JUDICIAL al abogado ALONSO CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.609.209, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 129.284, a quien se ordena notificar a fin de que comparezca por ante este Tribunal AL SEGUNDO DÍA de despacho siguiente a que conste de autos su notifi.....