Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección Del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos NELVIS ELVIRA CHIRINOS y JESÚS RAFAEL TROCHE BELISARIO; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.836.110 y 8.805.667, respectivamente; en virtud del matrimonio civil contraído en fecha 23 de Febrero de 1989 por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara. Y Así se Declara.
En consecuencia, y por efectos de la entrada en vigencia de la normativa sustantiva de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de .....