DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 26 de la Constitución, RESUELVE:
ÚNICO: Ordena LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado de que el Juez de Control Nº 2 de este mismo Circuito Judicial Penal resuelva en los términos establecidos en los términos establecidos en el artículo 327 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, lo que estime procedente en relación con la acusación formulada en fecha 17 de Junio de 2008 por causa la Fiscalía Segunda del Ministerio Público contra DANNY ALBERTO TERÁN CASTELLANO, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal presuntamente cometido en perjuicio del ciudadano ONELL RAÚL DÍAZ, hecho respec.....