DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resolvió:
PRIMERO: Impone al adolescente sancionado SE OMITE POR RAZON DE LEY , venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.992.155, natural de Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, de 17 años de edad, nacido en fecha 09-08-1999, soltero, de profesión y oficio Estudiando en la entidad y trabaja en la siembra de yuca del padrastro; residenciado en el Sector Agua Ángel, calles principal, casa Nº 7, Municipio San Genaro de Boconoito del Estado Portuguesa, Hijo de: Sixta Pérez y Manuel Azuaje; teléfono 0257-311.37.63 y 0416-511.28.56, a quien el Ministerio Público acusó por la presunta comisión del Delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA.....