En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentó el ciudadano WILMER ANTONIO GONZÁLEZ MENDOZA asistido por el abogado CESAR GUSTAVO GONZÀLEZ MENDOZA en contra del ciudadano VALENTÌN ANTONIO MARCHENA CASTILLO.
SEGUNDO: NULA todas las actuaciones realizadas en la presente causa, incluyendo el auto de admisión de la demanda de fecha 07 de abril de 2015, así como la sentencia de fecha 18 de julio de 2016, dictada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
TERCERO: Queda totalmente REVOCADA la sentencia apelada.
CUA.....