III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal del Municipio Araure, del Segundo
Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de
la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA.- En consecuencia, se da por terminada la presente causa signada bajo el N°. 3.510-05, interpuesta por
el ciudadano JAIRO RAMON ROSALES CONTRERAS, en contra de la ciudadana MARIEL CAROLINA ZAPATA BRAVO, ambas partes ya identificadas, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO; y una vez firme, SE ORDENA el archivo del expediente y posteriormente su remisión a los Archivos Judiciales.
Publíquese, regístrese y déjese copia correspondiente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del
Estado Portuguesa, a los quince (15) días del mes d.....