Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por solicitud de rectificación de partida de defunción, presentada mediante apoderado por HUMBERTO VARGAS, ELICIA DEL CARMEN VARGAS, JOSÉ ANTONIO VARGAS, MEUDY SORELIZ VARGAS, OLGA MARGARITA VARGAS DE CARMONA y FIDELIA JESUSITA VARGAS DE OROPEZA, ya identificados.