DECISIÓN:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la DEMANDA DE NULIDAD conjuntamente con AMPARO CAUTELAR, interpuesta por los abogados NICOLÁS HUMBERTO VARELA, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 32.422. Titular de la cédula de identidad Nº V- 4.200.038; LUIS HORACIO UGARTE VERGARA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 278.155 Titular de la cedula de identidad Nº V- 21.393.619; JOHAN ARTURO UNDA CASTAÑEDA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 261.778 Titular de la cedula de identidad Nº V- 20.812.853 y JOSÉ RAÚL CASTILLOGIL inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 262.473 Titular de la cedula de identidad Nº V- 9.835.246; apoderados judiciales de la ciudadana MARINA AFANADOR MONTESCO Titular de la cedula de identidad Nº E-927.821; contra LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO TUREN DEL ESTADO PORTUGUESA
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Nulidad interpuesta en consecuencia se Acuerda:
2.1 LA NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO DE VENTA suscrito entre la ALCALDÍA DEL.....