DISPOSITIVA
Por la razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Condena, de conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la Comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, establecido en el articulo 5 Y 6, numerales 1, 2 Y 3, Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano ANTONIO JOSE MUJICA LOZADA, a cumplir la sanción Privativa de Libertad, prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por el lapso de un (01) año y ocho(08) meses, aplicando un tercio de la sanción de Dos (02) años y seis (06) meses, solicitada por la Representación Fiscal. medida.....