en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
-PRIMERO: CON LUGARla demanda de: DIVORCIO POR DESAFECTO, FUNDAMENTADA EN LAS CAUSALES QUE DETERMINA EL ARTÍCULO 185 DEL CÓDIGO CIVIL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA SENTENCIA 1070, EMANADA EN FECHA: NUEVE (09) DE DICIEMBRE DEL AÑO: DOS MIL DIECISÉIS (2016), POR LA SALA DE CASACIÓN CIVIL, DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA (T.S.J.),incoada por el ciudadano: FELIPE ANTONIO MARTÍNEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.863.190, de este domicilio,asistido por la Abogada en Ejercicio: LIDYEA LELLYS MORENO BRICEÑO, quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 212.967,contrala ciudadana: YALEIDA JOSEFINA PÁEZ MENDOZA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.263.731, de este domicilio.
-SEGUNDO:Como consecuencia del particular anterior se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha: Cat.....