Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia interpuesta en fecha 16/05/05 por los Abogados Brunilde Gauna y Rodol Quijano en sus carácter de coapoderados de la parte demandada.
SEGUNDO: Se declara COMPETENTE al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa para que continúe conociendo de la presente causa, que por Cobro de Bolívares Vía Intimatoria interpuso la Empresa Semillas Flor de Aragua C.A. a través de sus apoderados judiciales Abogados Freddy Matute y Alcides Matute Ayala contra la ciudadana Borja.....