DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y con competencia en materia de Ejecución de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos decretada por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente, en fecha 14 de Mayo de 2.010, de los ciudadanos ROY FRANWER VARELA ROSALES e HIVELIXE DEL VALLE MAZZEI MEJÍA suficientemente identificados en autos. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 184 del Código Civil, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los referidos ciudadanos por ante Alcaldía del Municipio Sucre del Portuguesa, en fecha 30 de diciembre de 2003, según consta de Acta Nro 77. De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil .....