VISTA EL ACTA DE CONVENIMIENTO, entre ambos progenitores en relación al monto y forma de la FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, el cual es el siguiente PRIMERO: El padre aportará la suma de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) mensuales, los cuales entregará a la progenitora, y ésta firmará un recibo en señal de conformidad. SEGUNDO: En el mes de Septiembre, el padre y la madre se comprometen a asumir el cincuenta por ciento (50%) de los gastos que se generen por la compra de útiles y uniformes escolares, debiendo entregarlos la primera quincena del referido mes, previa elaboración de un presupuesto. TERCERO: En el mes de Diciembre, el padre y la madre asumirán cada uno el cincuenta por ciento (50%) de los gastos para ropa y calzados correspondiente al 24 de diciembre y 31 de diciembre con ocasión a las fiestas decembrinas, debiendo entregarlos la primera quincena del referido mes, previa elaboración de un presupuesto. CUARTO: Los demás gastos que acá no estén especificados, así .....