En fecha 14 de Julio de 2008, comparecieron ante este Tribunal el demandado, ciudadano AQUILES ANTONIO PEÑA SALMERON con la asistencia del Abogado ALONSO CHIRINOS y el Abogado JOSE LORENZO JIMENEZ PERAL, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JOSE GREGORIO ARANGUREN RODRIGUEZ, a los fines de presentar ante este Tribunal una transacción en los términos en ella expuestos. Así mismo solicitaron se declare terminada la fase cognitiva del presente proceso.
El Tribunal vista la anterior transacción celebrada entre las partes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, no se da por terminado el presente juicio, hasta tanto no conste en autos el cumplimiento de lo acordado en la trasacción.
Públiquese, regístrese y déjese copias certificadas.Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municip.....