Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 19 de febrero de 2019, por el abogado Juan Gilberto Oberto, parte demandante contra la decisión dictada en fecha 15 de febrero de 2019, por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, declaró: "SIN LUGAR la acción de Desalojo interpuesta por JUAN GILBERTO OBERTO PARADA, en contra de FULL SABOR BISTRO, C.A. representada por GLOSIANA ANTONIA ARRIETA JAIMES
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda que por Desalojo interpuso el ciudadano JUAN GILBERTO OBERTO PARADA, en contra de la firma mercantil FULL SABOR BISTRO, C.A., en consecuencia, N.....