Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la demandada NATHALIA CAROLINA SOLANO MELENDEZ. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta, y en consecuencia se condena a la ciudadana NATHALIA CAROLINA SOLANO MELENDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 10.053.376, a que pague a la demandante por concepto de indemnización de daños y perjuicios el monto deciento cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y siete bolívares (Bs. 142.857,00) más la indexación correspondiente, para lo cual se ordena practicar experticia complementaria del fallo por un único experto, de conformidad con lo previsto en el articulo 249 del Código de Procedimiento Civil-
TERCERO: Se condena a .....