DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano EVER RAGFAEL BASTIIDAS ROSALES, de nacionalidad venezolana, nacido en Biscucuy Estado Portuguesa, en fecha 25/02/1.963, de 49 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.401.414, de ocupación Latonero, residenciado en la Calle 21, sector La Montañita Biscucuy Estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Venezolano, EN PERJUICIO DEL Ciudadano Nelson Antonio Bastidas Sarmiento, todo de conformidad con el artículo 479, ordinal 1º, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.
Regístrese, notifíquese, cítese al penado a objeto de impone.....