DISPOSITIVA
Por las motivaciones señaladas, este Juzgado en Función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Acuerda la reforma del cómputo de pena impuesta al penado JOSÉ LUIS GARCIA ROSALES venezolano, mayor de edad, nacido fecha 07-02-1980, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.981.237, con domicilio en la Finca Belavilla, ubicado en el sector Jacoa, Parroquia Santa Lucia, Estado Barinas, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal: Remítase copia certificada del presente cómputo de pena. Regístrese, notifíquese a las partes. Déjese copia, y ofíciese lo conducente. Cúmplase. Ofíciese lo conducente.
La Juez de Ejecución Nº 1
Abg. Narvy Abreu Moncada
La Secreta.....