4) Ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, contra en acusado Adalberto Martínez Escalona, venezolano, mayor de edad, natural de Venezolano, nacido en Guanare, Estado Portuguesa, Soltero, Mecánico, nacido en fecha 17-10-1.975, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.011.979 y residenciado en la Finca El Portachuelo, Sector el Roció, a la Entrada de la Ciudad de Guanare, por el delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano
5) Se ratifica el cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad que le fuera impuesta al acusado en fecha 21 de enero de 2004, por el Juzgado de Control N° 1, por cuanto las mismas se impusieron por el lapso de seis meses y consta en el cuaderno de medidas que ya se acordó el cese por el Juzgado de Control N° 1 en fecha 18 de agosto de 2004.