Por los fundamentos precedentes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 18/05/2005 por la abogada Mirell Mea, en su carácter de apoderada actora, contra la sentencia dictada en fecha 16/05/2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: SE DECLARA NULO Y SIN EFECTO el auto dictado por el a quo en fecha 25/04/2005 que declaró: "... el Tribunal ordena citar mediante boleta a las abogados..., Apoderadas Actoras y a los... expertos contables... a fin de que comparezcan... y expongan lo conducente en relación a lo solic.....