DISPOSITIVA
En razón de todo lo expuesto y de la norma legal aludida, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: 1.- Niega parcialmente la libertad Condicional por Medida Humanitaria, solicitada por la defensa pública de la penada Bonilla Torrealba Catherine Lisbeth, venezolana, titular de la Cedula de identidad Nº 18.672.481, nacida en fecha 16/11/98, soltera, con residencia en el Barrio Santa Elena Av. Con calle 1, casa S/N, Acarigua estado Portuguesa, actualmente recluida en la Comandancia General de Policía de este ciudad en virtud de que no cumple con los parámetros establecidos en el artículo 491 del Código Orgánico Procesal Penal, dado a que no tiene una enfermedad grave ni se encuentra en fase terminal, sin embargo vista las condiciones de salud de la penada y lo expuesto por el medico for.....