En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de Desalojo de Local Comercial, suscrita por los Abogados NESTOR ALVAREZ YEPEZ, MARLENE RODRIGUEZ Y ANTONIO GARCIA RIVERO, inscritos en el IPSA bajo el N° 36.99, 33.928 y 131.462, respectivamente, apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ARCA, C.A., inscrita en el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo, en fecha doce (12) de junio de 1972, bajo el N° 125, folio 261 vto al 271 fte del Libro de Comercio Adicional N° 01, contra la Firma Mercantil INVERSIONES MACOMA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha veinte (20) de jun.....