´D I S P O S I T I V A.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, Nro.: 144,de Fecha 17 de marzo, del Año 1964, correspondiente a la Ciudadana: NORYS COROMOTO CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°N°9.562.985, de este domicilio, llevado por ante el Registro Civil del Municipio Ospino del Estado Portuguesa, dejándose establecido que los verdaderos nombres y apellidos son los siguiente: JUANA RAMONA CARABALLO CANTORI" como aparecen en la cedula de identidad de mi madre. Igualmente de la acta defunción, emanada de la misma oficina de Registro Civil del Municipio Ospino, Estado Portuguesa, bajo el N° 59 de fecha 01 de Diciembre de año 2011, y el Testimonio De Bautismo, emanada de la Diócesis de .....