Por cuanto, no ha habido oposición, este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes, para asegurarle, el derecho propiedad al ciudadano: JOSE RAFAEL ARRIECHI sobre la Bienhechuria consistente en una casa y se le otorga Titulo Supletorio sobre la Bienhechuria ante descrita, quedando a salvo los derechos de terceros. dicho solicitante presento: Certificado de Empadronamiento de Terreno Ejido Municipal con fin Habitacional, Cédula Catastral, plano de mensura, expedida de la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Turèn Estado Portuguesa, Constancia de Residencia del Consejo Comunal "LOS UNIDOS" para que el solicitante se provea del respectivo Título Supletorio sobre la.....