En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente Recurso de Nulidad Contencioso Administrativo Agrario, interpuesto por el ciudadano: HERGEN GIOVANI SEQUERA BELLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.543.949, debidamente asistido por la profesional del derecho ciudadana: FROILA BRICEÑO SIERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 14.388, contra el Acto Administrativo dictado por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), en Sesión Nº 372-11, Punto de Cuenta Nº 03, de fecha 06-04-2011; en el cual acordó NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE IMPROCEDENCIA DE DECLARATORIA DE TIERRAS OCIOSAS O INCULTAS, DECLARATORIA DE TIERRAS OCIOSAS O DE USO NO CO.....