DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicias en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Tercera (S), adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Portuguesa Guanare, Abg. Yohana Mejias; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en fecha 15 de Octubre del 2012, mediante el cual declaró la Improcedencia de la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, al penado JHON DEIVITH CASTILLO VELOZ.
Regístrese, diarícese y remítase las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Guanare, a lo.....