LA FALTA DE JURISDICCIÓN que tiene el Poder Judicial frente a la Administración Pública para seguir conociendo de la presente causa incoada por el ciudadano JORGE ELIECER GARCÍA ESCALONA por SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO en contra el INSTITUTO NACIONAL DE TURISMO (INATUR), por encontrase amparado efectivamente por la inamovilidad laboral para el momento del despido, según DECRETO PRESIDENCIAL Nro. 1.583 publicado en la gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nro. 6.168 en fecha 30 de diciembre del año 2014.
Quedan a salvo los recursos respectivos, vencido el lapso, sin que la parte hiciere uso de los recursos concedidos en la Ley, se remitirá la presente causa en consulta obligatoria mediante oficio a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el articulo 62 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente r.....