Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le Imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento al Recurso de apelación presentado en fecha 12 de enero de 2014 por el abogado HENRY MOSQUERA HIDALGO, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GIUSEPPA MASUZZO DE ZANARDO, en contra de la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2014, y le concede AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.- Acarigua, a los dieciséis días del mes de enero del dos mil quince (16/01/2015). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El .....