DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de septiembre de 2018, por las Abogadas DAYANA BETANCOURT y NEIDA VALDERRAMA, en su condición de Defensoras Privadas del acusado JHONS EWUARD MENDOZA PÉREZ; SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada y publicada en fecha 18 de septiembre de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Extensión Acarigua; y TERCERO: Se ORDENA la remisión de las presentes actuaciones en su oportunidad legal al tribunal de procedencia para garantizar la continuidad del proceso.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia y líbrese lo cond.....