DISPOSITIVA
Por las razones opuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con Competencia para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR el derecho a cobrar honorarios profesionales propuesta por el intimante. En consecuencia una vez quede firme la presente decisión, se inicia la fase ejecutiva. Y así se decide
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dado, Sellado y Firmado en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con Competencia para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Guanare a los Dieciséis (16) días del mes de febrero del año 2006. Año 195° Y 146°.
La Juez Suplente Especial
Abg. Cirley Viera Montero
La Secretaría.....