sobre la fijación de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, que establece el ciudadano WILFREDO JOSE VIERA MONTILLA en beneficio de su hijo el niño **********, de Un (01) año de edad, la cual ha sido fijada en la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) mensuales, a razón de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 250,00) los días 15 de cada mes y la cantidad restante los días 30 de cada mes, los cuales depositará en la cuenta de ahorros que aperturará la madre por concepto de Obligación de Manutención. El padre se compromete a comprar vestido, calzado y juguete en navidad. Asimismo, se compromete el padre a sufragar los gastos de uniformes y útiles escolares de su hijo en la oportunidad que de inicio la época escolar. Finalmente, manifiestan ambos padres su compromiso a sufragar los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros, en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte s.....