DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: 1) SIN LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano: Salaiman Al Bounni Al Bounni, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 24.687.386, contra de la ciudadana: María Judith Santos Cabezas, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.406.820 por Cumplimiento de Contrato de Compra Venta.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida en el juicio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese y déjese copia certifica.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. En Biscucuy a los dieciséis (16) .....