PRIMERO: SIN LUGAR la reclamación de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano AMADO JOSE CARRIZALEZ, debidamente representado por los abogados: CARLOS CEDEÑO, NORELYS AGUIN PEÑA, LUIS E. MARCHAN, LENIN PRINCIPAL ORELLANA y JOSE VICENTE TORREZ VECHIONE ya identificados contra la empresa CORPORACIÓN AGROINDUSTRIAL CORINA, C.A., representada por los abogados LISBEYS ROJAS MOLINA y DURMAN RODRIGUEZ, ya identificados.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas al actor por no devengar un salario superior a tres (3) sueldos mínimos, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.