Por las razones antes expuesta, este juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra que el ciudadano EUCLIDES AMADOR CANTERO GUEVARA, colombiano, natural de Cordoba, nacido el 5-6-1955, soltero, comerciante, y residenciado en la Urbanización Cabañuelas, Sector La Granja, calle principal al lado del tanque de Agua de la Comunidad frente a la Urbanización Los Pinos de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el 48 numeral 7, eiusdem.
Notifíquese a las partes.
La Juez,
Lisbeth Karina Díaz de Tovar.
La secretaria,
Abg. Francine Montiel Look.