Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el Nº 13F5-0166-07, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ELICER JOSE URRIETA, venezolano mayor de edad, titular de a cedula de identidad, 12.248.578 y domiciliada en la cale 42 con carrera 12, casa S/N, Barquisimeto, Estado Lara, por cuanto a pesar de la falta de certeza, no existen razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación.
Regístrese y Notifíquese a las partes. Remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial del Estado Lara. Cúmplase.