DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: Declara CON LUGAR, la defensa de fondo opuesta por la parte demandada Juan Antonio Guerra, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.370.926, referida a la falta de cualidad de la parte actora ciudadano Pedro Avilio Durán Hernández, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 2.726.587, para sostener el presente juicio, establecida en el primer aparte del articulo 361 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: se declara SIN LUGAR la acción de Cumplimiento de Contrato propuesta por el ciudadano Pedro Avilio Durán Hernández , mayor de edad, de este domicilio,.....