DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda concederle al Ministerio Público, un plazo de treinta (30) días, para que concluya la investigación iniciada en contra del adolescente (Identidad Omitida) y en consecuencia presente el correspondiente acto conclusivo de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por disposición expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Juez de Control N° 01
Abg. MASHIADYS ROJAS JAIME
Secretaria
Abg. LAURA ELENA RAIDE RICCI
Solicitud N° 1CS-1749-06
MERJ/LERR/RT