En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Competente por razón de la materia al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, para tramitar la presente demanda de nulidad de Asamblea General Extraordinaria de Socios, incoada por los ciudadanos FERMÍN MEDINA PACHECO y PEDRO PABLO HIDALGO SILVA, contra la ASOCIACIÓN CIVIL DE TRANSPORTE RUTA COMUNAL LA GRACIANERA, ambos identificados.
Se declara con lugar la solicitud de regulación de competencia, interpuesta por la actora y queda revocada la decisión interlocutoria proferida en fecha 08-04-2014, por el mencionado Tribunal de la causa.
Publíquese, regístrese, déjese copia y ofíciese lo conducente al Tribunal .....