DISPOSITIVA:
En atención a los fundamentos antes expuestos, este Tribunal en Funciones de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, se ACUERDA dejar sin efecto el Procedimiento Administrativo aperturado en contra de la Escabino ciudadana CARMEN EDECIA ADJUNTA, ya identificada, en virtud de haber justificado su inasistencia a la celebración del Juicio fijado para el día 22/04/09, por encontrarse cumpliendo la función de Vocera Constituyentista por el Municipio Araure.
Regístrese, diarícese y déjese copia certificada del auto dictado para su archivo respectivo.
Sellada y firmada en la sede del Tribunal de Juicio Nº 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Acarigua, a los 15 días del mes de Junio de 2009.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 03
ABG. NORA MARGOT AGUERO CASTLLO
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