Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARIO ALBERTO ESCALANTE PEREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante-recurrente, ciudadano CARLOS ENRIQUE CARRILLO, contra decisión de fecha 06/04/2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: SE ANULA, el acta de fecha 06/04/2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: SE REPONE la causa al estado de celebrarse la audiencia de juicio.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COST.....