ACUERDA el cómputo por redención, en el cumplimiento de pena del ciudadano-penado MONTOYA JOSÉ VIDAL, quien es venezolano, nacido en la Capilla estado Portuguesa, en fecha 02 de agosto del año 1967, titular de la cédula de identidad Nº 8.768.532, con residencia actual en el Centro Penitenciario de los Llanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, remítase copia certificada del presente auto ejecutorio, al Director de Prisiones Oficina de Antecedentes Penales, Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso y Departamento de Ejecución y Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia; y por cuanto se observa que tiene vencidos los periodos para el goce de las formulas alternas de cumplimiento de pena, se acuerda aperturar el tramite para recabar las actuaciones procesales que son necesarias para analizar la procedencia o no de dicho beneficios. Cúmplase.
La Juez de Ejec.....