En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado en Función de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial penal del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la rectificación del computo, en la presente causa seguida contra el ciudadano Hernández José Gregorio, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 10.057.207, venezolano, nacido en Guanarito, el 03/05/1986 y residenciado en el Caserío Guasimal, calle principal, bodega de José, casa sin número Parroquia Quesera del medio estado Apure, quien fue condenado por el Juzgado en Función de Juicio Nº 02, de este Circuito Judicial Penal, a cumplir una pena de presidio de Doce (12) años, por la comisión del delito de Homicidio Intencional, previstos y sancionados en el artículo 407 del Código Penal. Se ordena remitir copia certificada del presente auto ejecutorio al Centro de Cumplimiento de Pena, a la Dirección de Prisiones; División de Anteced.....