-XIV-
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido en fecha 10 de enero de 2025, por el abogado NERY GUTIÉRREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 252.024, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, contra la sentencia de fecha 06 de diciembre de 2024, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante la cual declaró la perención de la instancia en el juicio de resolución de contrato de venta, incoado por los ciudadano GAUDIS CRISTINA ALEJOS DE MEDINA y FELIPE DE JESUS MEDINA TIMAURE (†), fallecido durante el proceso, contra la ciudadana MARIA SI.....