este TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: 1.- declara Con lugar la Solicitud de Revisión de Medidas presentada por el Defensor Privado Abg. Iván Medina conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se le impone al imputado Carlos Arturo Pardo Sánchez Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3º, 4º, 6º, y 8º consistente en presentación periódica por ante el Tribunal una vez al mes, prohibición de salida de la jurisdicción del estado Portuguesa y prohibición de cambio de residencia, prohibición de acercársele a la víctima y su entorno familiar y la presentación de dos fiadores; se ordena la libertad del imputado la cual no se hará efectiva hasta tanto no se presenten los fiadores; ordenándose oficiar lo conducente a la Comandancia General de Policía. Por cuanto el presente pronunciam.....