DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: MOISES LEONANT URBINA SANCHEZ Y DARZY YOMEIRA LARGO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados el primero en el Barrio Chorrerones, Callejón N° 2, casa S/N del Municipio Ospino y la segunda en el mismo Barrio Chorrerones, Calle Principal, casa S/n del Municipio Ospino Estado Portuguesa, y titulares de las cédulas de identidad V 11.031.141 y V 10.790.701, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, el 23 de Octubre de 1998, por ante la Prefectura del Municipio Chacao, Estado Miranda, según acta N° 495.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a Prefectura del Municipio Chacao, Estado Miranda.....