DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: ALVAREZ JULIO ANTONIO Y CARRILLO CAMACARO TIONILA RAMONA, Venezolanos, mayores de edad, de este domiciliados en este Municipio Ospino Estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad Nº: V 5.130.164 y V 9.404.602, respectivamente, y disuelto, en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, el 09 de Junio de 1972, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino, Estado Portuguesa, según acta Nº 29.-
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a la Oficina de Registro Civil del Municipio Ospino, Estado Portuguesa, así como al Registrador Principal del Estado Portuguesa, de la presente Sentencia, una vez quede .....