En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD; a los acusados Muñoz Pedroso Víctor Manuel, de nacionalidad Colombiana, indocumentado, natural de Magdalena Colombia, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 26-03-1972, domiciliado en la Finca Galapaguito, sector la Capilla, Municipio Guanarito estado Portuguesa; y Narváez Olivero Juan, de nacionalidad Colombiana, indocumentado, natural de Magdalena Colombia, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 16-05-1977, domiciliado en la Finca Galapaguito, sector la Capilla, Municipio Guanarito estado Portuguesa, ordenando su aprehensión a través de los organismos de seguridad, por la comisión del delito de Cooperadores Inmediatos en el delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado e.....